¿Cuales son las ultimas medidas aprobadas para los Autónomos, con que ayudas oficiales por COVID-19 finalmente cuentan?
Con el agua al cuello. De esta forma está el colectivo de autónomos, obligado a cerrar sus negocios por el estado de alarma.
No entra dinero en la caja y tendrán serias adversidades para hacer frente a sus pagos, pero deberán hacer frente a sus obligaciones. Hablamos de la Seguridad y además con Hacienda en abril.
El colectivo tendrá que realizar los pagos de los primeros 13 días de marzo, los previos a que se declarara el estado de alarma.
Si se pagara todo el mes por no haberle sido concedida la prestación antes del giro de las cuotas, la Seguridad Social devolverá la parte correspondiente.
Todos los autónomos, tendrán que realizar los pagos de su cotización, cercana a 300 euros. Después van a venir las devoluciones, si procede.
Cese de actividad
El trabajador autónomo que acredite que sus ingresos se han reducido al menos un 75% a causa de la crisis podrá acceder al paro de autónomos.
En ese caso, la cantidad que le correspondería, de media, estaría en torno a los 660 euros mensuales.
Se tomará como baremo la media mensual del último semestre para poder estimar ese porcentaje de reducción de ingresos.
Debes estar al día de pagos con la Seguridad Social y haber estado de alta en el RETA en el momento en el que se decretó el estado de alarma.
Si tienes alguna deuda con la Seguridad Social, tendrás 30 días para hacerlo antes de que se te deniegue la solicitud.
Contagiados COVID-19
Si estás aislado o contagiado por el COVID-19 y eres autónomo, la situación será considerada como accidente laboral.
Aquellos autónomos que coticen por la base mínima cobrarán 23,61 euros por cada día de baja.
Si fuese considerado enfermedad común, la prestación se reduciría al 60% de la base reguladora y solamente a partir del cuarto día de baja.
Avales para liquidez
El Estado también ha confirmado que va a lanzar avales que cubrirán el 80% del riesgo asociado a los préstamos que conceda la banca a pymes y autónomos.
La línea de crédito se cifra en 10.000 millones de euros para estos colectivos.
Para su gestión e intento de aprobación ha de acudirse a las propias entidades financieras.
Aplazamiento de deudas pero no de impuestos
Las pymes y autónomos podrán aplazar sus deudas tributarias, pero no podrán aplazar sus pagos ordinarios de impuestos a presentar, como el IVA trimestral o el IRPF. Por lo que deberán afrontar sus cuotas y tributos el próximo mes de abril.
El aplazamiento de deudas, por su parte, podrá ser de seis meses.
Durante los tres primeros no se devengarán intereses.
Bonificaciones en contrataciones anteriores
En el caso de sectores como el comercio o la hostelería, la Seguridad Social va a mantener las bonificaciones para contratos fijos discontinuos firmados de febrero a junio.
Esperamos haber arrojado algo de luz para vosotros Autónomos,estas son las ayudas oficiales por COVID-19 con las que contaréis.
Se aprueba el El Real Decreto-ley 11/2020 con nuevas medidas para las cuotas de autónomos.